22 de mayo de 2013

Creáronse las cámaras de casación

Se publicó en el Boletín Oficial la ley 26.853 ((ver)), por la cual se crean las Cámaras Federales y Nacionales de Casación.

ARTICULO 1° — Créanse la la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial, todas ellas con sede en la Capital Federal, las que se regirán conforme la organización y competencias que se establecen en la presente ley.
ARTICULO 7° — Los miembros de las Cámaras creadas por la presente ley serán designados de conformidad a lo prescripto en la normativa vigente en la materia
En los casos en que resulte necesario, se podrán establecer procedimientos abreviados para la designación de los jueces a los efectos de otorgar mayor celeridad al trámite de las causas. 
Hasta tanto las Cámaras de Casación creadas por el artículo 1° de la presente ley sean compuestas conforme el presente artículo, se integrarán por jueces subrogantes o conjueces para iniciar su funcionamiento.
ARTICULO 11. — Sustitúyense los artículos 288 al 301 de la Sección 8ª, del Capítulo correspondiente al Título IV del Libro Primero del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación por los siguientes: "
Sección 8ª - Recursos de Casación, de Inconstitucionalidad y de Revisión...".

Esta norma integra la iniciativa de democratización de la justicia ((ver)), se sancionó el 24/04/2013, se promulgó el 09/05/2013 y se publicó el 17/05/2013.

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